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Municipalidad

A partir de hoy podrán funcionar bares confiterías y restaurantes

29/05/2020

Resolución 914
NO ESTA PERMITIDO EL SERVICIO DE MESAS AL AIRE LIBRE

A partir de este viernes 29 podrán funcionar bares confiterías y restaurantes que les fue otorgado el permiso para funcionamiento previo aprobado requisitos conforme Resolución 884.

Este permiso a través de la Resolución 914 de los lugares habilitados podrán funcionar hasta las 0 horas. 

La respectiva norma establece esta autorización se otorga a aquellos establecimientos gastronómicos que han cumplimentado con la declaración jurada.

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BARES-CONFITERIA- RESTAURANTES
EXPTE. EMPRESA-DIRECCION
2429 La Place Costa - España 1.049
2428 La Place - Mariano I. Loza 512
2422 Panificadora Goya S.R.L- Galeria colon, colon y 25 de mayo
2414 Café Barcelona
2437 Momentos Bar
2450 Punto de Encuentro
2444 El Nautico
2457 Brauhaus
2461 YO Helados S.A.S
2465 Cervantes
2528 Delicius
2534 Maria Antonieta
2525 Mr Fox
2526 Eusebio 2do
2488 Cafeteria Hotel Alcazar 
2505 Roma- Pizzas y Empanadas
2499 Operadora de Estacion de Servicios s.a
2477 El Nono
2484 Moroco Bar
2480 Servicon D.R.L
2475 Eusebio
2467 El Viejo Sam
2517 Heladeria Cremolatti
   

 

 

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"2.020 - AÑO BELGRANIANO"

Goya, 29 de mayo de 2.020

RESOLUCIÓN NO: 914

OTORGANDO PERMISO PARA FUNCIONAMIENTO DE BARES Y RESTAURANTES QUE APROBARON REQUISITOS CONFORME RES. NO: 884..

VISTO: Lo dispuesto por Resolución NO: 88412020 y las distintas Declaraciones Juradas presentadas para poder funcionar en consecuencia

CONSIDERANDO: Que la resol. referida autoriza la apertura de bares y restaurantes dentro del marco de la lucha y prevención del coronavirus, disponiendo entre las condiciones necesarias para funcionar, la presentación con carácter previo a la apertura de los locales comerciales, de , una nota en la que ratifican conocer el "Protocolo Sanitario Para Bares y Restaurantes" y las instrucciones de seguridad para los mismos, obligándose a su cumplimiento y asumiendo todas las responsabilidades pertinentes sobre la protección del personal a su cargo y los clientes que asistan a su emprendimiento, frente a los síntomas de contagio por COVID-19.

Que en tal sentido han sido presentadas por parte de los distintos interesados diferentes pedidos de permiso de apertura, adjuntando la nota requerida.

Que habiendo dado cumplimiento a los requisitos previos para otorgar el correspondiente permiso, se hará lugar a lo solicitado aclarándose que el referido permiso se concede con la expresa prohibición de instalar mesas y sillas en la vía pública y/o plazas, paseos o lugares públicos, siendo pasibles de las sanciones establecidas en las diferentes normativas vigentes, ante cualquier tipo de incumplimiento.

Por ello;;,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 10: OTORGAR permiso para funcionamiento de bares y restaurantes que aprobaron requiSitos conforme res. NO: 884 a partir del 29 de mayo de 2.020, a los establecimientos que figuran en la lista adjunta.

ARTICULO 20: COMUNIQUESE, publíquese, sáquese copia para quien corresponda