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Importante gestión de Mariano Hormaechea respondiendo planteo de Cámara de Turismo

13/06/2024

En virtud del compromiso asumido por el intendente Mariano Hormaechea y las gestiones realizadas tras la solicitud de la Cámara de Turismo de Goya y prestadores de servicios, se logró dejar sin efecto los aranceles que se habían establecido por Disposición de Parques y Reservas.

La ministra de Turismo Alejandra Eliciri, atendiendo esta situación resolvió la eximición correspondiente. Mediante la Resolución 486/2024 la ministra de Turismo de la Provincia de Corrientes Alejandra Eliciri dispone en el artículo 1º de la mencionada norma: Exímase del pago de los aranceles establecidos en la disposición número 17/2024, de la Dirección de Parques y Reservas, para toda actividad ejercida dentro de la Reserva Natural Ysoro, hasta su efectiva organización conforme facultades y obligaciones engendradas a partir de su creación, conforme Ley N° 6655/2023, y Ley N° 4736/1993.

 

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN:

 

RESOLUCIÓN N°486/2024.

VISTO:

La Disposición N°17/2024, de la DIRECCIÓN DE PARQUES Y RESERVAS estableciendo valores de las licencias de guía y pesca y,

CONSIDERANDO:

Que la Disposición N° 17/2024, goza de plena legalidad y dictada por autoridad competente, en los términos de la Ley N°4736/1993.

Que, en atención a principios de igualdad, la presente Disposición rige en todo el ámbito de las zonas declaradas Parques y Reservas de la provincia, las cuales hoy resultan operativas, conformadas, debidamente administradas y presencia de la autoridad de aplicación, en ejercicio pleno de su Poder de Policía.

Que es dable y en atención a las reseñas ut-supra mencionadas, que surge el caso particular y excepcional de la Reserva Ysoró, creada por Ley N°6655/2023.

Que dicha Reserva es una reivindicación y ejecución de la política de Estado provincial, de la promoción, protección y puesta en valor de la fauna y de la flora autóctonas, con plena sinergia con el ecoturismo provincial.

Que encontrándose en proceso de conformación y de operatividad la denominada Reserva Natural Ysoró, corresponde que el ejercicio y facultades de reglamentación, arancelamiento y establecimiento de tasas o gravámenes se efectivicen ex post de la puesta en funcionamiento y la organización de la respectiva seccional de Guardaparque, con su correspondiente asignación de recursos humanos y presupuestarios provinciales.

Por ello, conforme a las facultades conferidas por Ley N° 6.233/13 y Decreto N° 38/13, en concordancia con la Ley N°4736/1993, y Ley N°6655/2023,

LA MINISTRA DE TURISMO DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: EXÍMASE, del pago de los aranceles establecidos en la Disposición N° 17/2024 de la Dirección de Parques y Reservas, para toda actividad ejercida dentro de la Reserva Natural Ysoró, hasta su efectiva organización conforme facultades y obligaciones engendradas a partir de su creación, conforme Ley N° 6655/2023 y Ley N°4736/1993.

ARTÍCULO 2º: ORDÉNASE, que dicha excepción sólo comprenderá la Reserva Natural del Ysoró.

ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Boletín Oficial, y oportunamente Archívese.

Dirección de Prensa - Municipalidad de Goya