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Prórroga vencimiento 1ª cuota Impuesto Inmobiliario, Automotor, Retribución de Servicios
PERIODOS FISCAL 2024
A través de la Resolución N° 111 con fecha 26 de enero de 2024, la Municipalidad de Goya establece la prórroga hasta el día 09 de febrero de 2024, de la primer cuota del Impuesto Inmobiliario, Automotor y Retribución de Servicios correspondientes al presente año.
El DEM, considera como reconocimiento al esfuerzo del contribuyente que paga de contado los tributos mencionados antes del primer vencimiento o bien en cuotas dentro de los plazos establecidos en el Calendario Fiscal, siempre que no mantenga cuotas vencidas impagas. Prorrogar el vencimiento de la 1º cuota de Impuesto Inmobiliario, Automotor, Retribución de Servicios periodo Fiscal Año 2024 hasta el día 09 de febrero del 2024, aplicándose hasta dicha fecha los beneficios de buen contribuyente para el pago total o en cuotas.
RESOLUCION Nº 111
PRORROGANDO FECHA VENCIMIENTO 1º CUOTA IMPUESTO INMOBILIARIO, AUTOMOTOR, RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS - PERIODO FISCAL AÑO 2024.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Goya dejó establecido el Calendario Fiscal de vencimientos de tributos para el período fiscal 2024.
Que en dicho calendario se dispuso el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario, Automotor, Retribución de Servicios, para el día 31 de enero de 2024, pudiendo el contribuyente decidir si pagar en cuotas o bien realizar el pago total con los beneficios de buen contribuyente.
Por tal motivo el DEM, considera conveniente prorrogar el vencimiento de la 1º cuota de Impuesto Inmobiliario, Automotor, Retribución de Servicios periodo Fiscal Año 2024 hasta el día 09 de febrero del 2024, como reconocimiento al esfuerzo del contribuyente que paga de contado los tributos mencionados antes del primer vencimiento o bien en cuotas dentro de los plazos establecidos en el Calendario Fiscal, siempre que no mantenga cuotas vencidas impagas.
Por ello;;;;;;;;;;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: PRORROGAR la fecha de vencimiento de la 1º CUOTA DEL IMPUESTO INMOBILIARIO, AUTOMOTOR Y RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS - PERIODO FISCAL AÑO 2024, hasta el día 09 de febrero de 2024, aplicándose hasta dicha fecha los beneficios de buen contribuyente para el pago total o en cuotas.
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.