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A partir de hoy podrán funcionar bares confiterías y restaurantes
Resolución 914
NO ESTA PERMITIDO EL SERVICIO DE MESAS AL AIRE LIBRE
A partir de este viernes 29 podrán funcionar bares confiterías y restaurantes que les fue otorgado el permiso para funcionamiento previo aprobado requisitos conforme Resolución 884.
Este permiso a través de la Resolución 914 de los lugares habilitados podrán funcionar hasta las 0 horas.
La respectiva norma establece esta autorización se otorga a aquellos establecimientos gastronómicos que han cumplimentado con la declaración jurada.
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BARES-CONFITERIA- RESTAURANTES | |
EXPTE. | EMPRESA-DIRECCION |
2429 | La Place Costa - España 1.049 |
2428 | La Place - Mariano I. Loza 512 |
2422 | Panificadora Goya S.R.L- Galeria colon, colon y 25 de mayo |
2414 | Café Barcelona |
2437 | Momentos Bar |
2450 | Punto de Encuentro |
2444 | El Nautico |
2457 | Brauhaus |
2461 | YO Helados S.A.S |
2465 | Cervantes |
2528 | Delicius |
2534 | Maria Antonieta |
2525 | Mr Fox |
2526 | Eusebio 2do |
2488 | Cafeteria Hotel Alcazar |
2505 | Roma- Pizzas y Empanadas |
2499 | Operadora de Estacion de Servicios s.a |
2477 | El Nono |
2484 | Moroco Bar |
2480 | Servicon D.R.L |
2475 | Eusebio |
2467 | El Viejo Sam |
2517 | Heladeria Cremolatti |
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"2.020 - AÑO BELGRANIANO"
Goya, 29 de mayo de 2.020
RESOLUCIÓN NO: 914
OTORGANDO PERMISO PARA FUNCIONAMIENTO DE BARES Y RESTAURANTES QUE APROBARON REQUISITOS CONFORME RES. NO: 884..
VISTO: Lo dispuesto por Resolución NO: 88412020 y las distintas Declaraciones Juradas presentadas para poder funcionar en consecuencia
CONSIDERANDO: Que la resol. referida autoriza la apertura de bares y restaurantes dentro del marco de la lucha y prevención del coronavirus, disponiendo entre las condiciones necesarias para funcionar, la presentación con carácter previo a la apertura de los locales comerciales, de , una nota en la que ratifican conocer el "Protocolo Sanitario Para Bares y Restaurantes" y las instrucciones de seguridad para los mismos, obligándose a su cumplimiento y asumiendo todas las responsabilidades pertinentes sobre la protección del personal a su cargo y los clientes que asistan a su emprendimiento, frente a los síntomas de contagio por COVID-19.
Que en tal sentido han sido presentadas por parte de los distintos interesados diferentes pedidos de permiso de apertura, adjuntando la nota requerida.
Que habiendo dado cumplimiento a los requisitos previos para otorgar el correspondiente permiso, se hará lugar a lo solicitado aclarándose que el referido permiso se concede con la expresa prohibición de instalar mesas y sillas en la vía pública y/o plazas, paseos o lugares públicos, siendo pasibles de las sanciones establecidas en las diferentes normativas vigentes, ante cualquier tipo de incumplimiento.
Por ello;;,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 10: OTORGAR permiso para funcionamiento de bares y restaurantes que aprobaron requiSitos conforme res. NO: 884 a partir del 29 de mayo de 2.020, a los establecimientos que figuran en la lista adjunta.
ARTICULO 20: COMUNIQUESE, publíquese, sáquese copia para quien corresponda