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Goya se suma a las medidas Nacionales y Provinciales
Goya se suma a las medidas nacionales y provinciales:
RESOLUCIÓN N° 600
ADHIRIENDO AL DECRETO NACIONAL Y PROVINCIAL
Visto el decreto nacional N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19) el decreto provincial N° 507/20 y resolución N° 582/20. Y
Considerando que a través del mencionado decreto se declara la emergencia pública en materia sanitaria establecida por ley N° 27.541 en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19)
Que también el gobierno ha suspendido por 15 días las clases para nivel inicial, primario, secundario, entre otras medidas.
Que por el decreto provincial declaró emergencia sanitaria provincial debido a la situación epidemiológica de la enfermedad denominada dengue y ante la amenaza de la instalación de casos por coronavirus COVID-19 en todo el ámbito de la provincia de Corrientes y por el plazo de 180 días prorrogables por igual período hasta tanto se declaran superadas las situaciones que dan origen a la emergencia decretada.
Que por resolución N° 582 la municipalidad de Goya declaró la emergencia sanitaria en todo el departamento de Goya por el término de 1 año a fin de evitar la propagación del DENGUE Y CORONAVIRUS.
Que por tal motivo el DEM considera necesario adherirse a dichos decretos.
QUE POR TAL MOTIVO EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL A CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE:
ARTICULO 1: adhiérase a lo normado en los Decretos Nacionales N° 260 / 2020 y el Decreto Provincial N° 507/20.
ARTÍCULO 2: SUSPENDER a partir de la fecha y por término de quince días todos los eventos con afluencia de público organizado por la municipalidad de Goya: eventos privados, artísticos, pizzerías, bailables, recitales, confiterías bailables, torneos deportivos, artísticos, culturales habilitaciones de espectáculos públicos y privados y todo lugar de esparcimiento en la ciudad de Goya.
ARTÍCULO 3: DE FORMA
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RESOLUCION Nº 642
RECTIFICANDO ARTICULO 1° y 2° DE LA RESOLUCION 624/2020
VISTO
El artículo 1° de la resolución 624/2020, y;;;;;;;;;;;;;;;
CONSIDERANDO:
Que, por la mencionada resolución se dispuso cerrar temporalmente” el ingreso a la ciudad de Goya “por cualquiera de sus vías de acceso (terrestres, fluviales o por aire.)
Que, se detectó un caso de coronavirus en la Provincia de Corrientes, por tal motivo el DEM considera necesario y urgente bloquear el ingreso a la ciudad de personas hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive.
Que por tal motivo, corresponde rectificar el artículo 1° y 2° de la Resolución mencionada.
Por ello:
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: MODIFICAR artículo 1° de la Resolución N° 624/2020, la que quedara redactada de la siguiente manera: “BLOQUEAR TOTALMENTE” hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive el INGRESO DE PERSONAS A LA CIUDAD DE GOYA “POR CUALQUIERA DE SUS VÍAS DE ACCESO (TERRESTRES, FLUVIALES O POR AIRE) ya sea por transporte público o privados, los controles será realizado por la Policía de la Provincia, solicitando a las demás fuerzas nacionales colabore con la medidas, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nacional N° 297/2020.
ARTICULO 2º: MODIFICAR el artículo 2° de la resolución N° 624/20 la que quedara redactada de la siguiente manera: “QUEDAN excluida las personas que residan en la ciudad de Goya, o trabajen en la ciudad, ambulancias, emergencias, transporte de cargas, de insumos de mercaderías indispensable para la población, quienes tendrán un ingreso restringido, cuyo único acceso será por Avenida Tomas Mazzantti.”
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para contaduría, Asesoría Letrada, Secretaría de Hacienda y Economía, Personal y oportunamente ARCHIVESE.
SEGÚN LA RESOLUCIÓN N° 605
ADOPTANDO MEDIDAS NECESARIAS, URGENTES Y OBLIGATORIAS PARA ATENCIÓN AL PÚBLICO
Ante la situación sanitaria imperante, el DEM establece Resolución adoptando medidas tendientes a establecer sugerencias de atención al público, que eviten la aglomeración de gente.
En los Considerandos la presente Resolución indica:
Que, las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional y Provincial, con sustento en las recomendaciones de las autoridades sanitarias y organismos competentes que intervienen en la materia, vinculado con la pandemia del coronavirus COVID-19 y el Dengue, situación que este Municipio viene siguiendo atentamente, como así también, dictando las medidas acordes con el comportamiento epidemiológico.
Que, en miras de la situación de emergencia por pandemia producida por el Coronavirus (COVID-19) esta Municipalidad adoptará las medidas sugeridas por el Gobierno Nacional y Gobierno Provincial en relación a la prevención y control, para reducir el riesgo de propagación y contagio que el brote de la enfermedad pudiera producir.
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal establece en su Artículo 29, dice: “A la Municipalidad le corresponderá el control, promoción y protección de la salud, garantizando a sus habitantes el goce de las mejores condiciones de prevención y asistencia. A tal fin, realizará todos los convenios, acuerdos y gestiones necesarias para lograr su participación en la elaboración, ejecución y control de los planes y programas que realicen organismos nacionales, provinciales o privados armonizando el trabajo en común en un sistema integrado de salud”.
Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró el brote del COVID-19 (coronavirus) como una pandemia, y animó a todos los países a tomar las medidas apropiadas para prepararse a ello.
Que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos de nuevo coronavirus en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país por lo que resulta fundamental el refuerzo de medidas preventivas tendientes a restringir las posibilidades de circulación del virus.
Que, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N°260/2020 declaró la emergencia en el país por un año, instando a todos a adoptar las medidas tendientes a que no se propague el virus.
Que, el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto 527/2020 amplía el Decreto N°507/2020 donde declara la emergencia para la lucha contra el Dengue y el Coronavirus en el territorio del Departamento Capital, y localidades de alrededores.
Que, se hace necesario adoptar medidas tendientes a fortalecer el resguardo de los grupos de riesgo, garantizando el ejercicio de sus derechos en el marco sanitario, a fin de evitar la aglomeración de personas, y mitigar la propagación del virus.
Es por ello que el D.E.M., por la presente Resolución, ordena:
Artículo 1°: Los bancos, instituciones públicas y privadas, a los dueños, empleadores y/o responsables de locales comerciales, que deberán dar efectivo cumplimiento al Decreto Nacional N° 260/20 y Provincial N° 507/20 y la Resolución N° 600/20 de la municipalidad de Goya, debiendo adoptar las medidas necesarias y urgentes tendientes a no producir acumulación de personas: el ingreso de personas deberá ser de acuerdo a la capacidad del local, en lo posible una persona por compras y mayor de edad, de manera tal que mantenga una distancia mínima de un (1) metro, conforme a la recomendación de la ONU, y normas antes mencionadas, bajo apercibimiento de aplicar sanciones de acuerdo a la normativa vigente.
Artículo 2°: Hacer saber a los propietarios y/o responsables de hoteles, alojamientos, cabañas, posadas, etcétera, que deberán informar diariamente, la cantidad de personas alojadas, y discriminando si son extranjeros.
Artículo 3°: Exhortar a la Policía de Corrientes que conforme al Decreto Nacional N° 260/20, Decreto N° 507/20 de la Provincia, Resolución del Ministerio de Seguridad, que deberán adoptar todas las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento dispuesto en los decretos mencionados y en la presente Resolución, como así también instar la disolución o acumulación de personas en la vía pública.
Artículo 4°: De forma.
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RESOLUCION N° 640
SOLICITANDO CONSTANCIA LABORAL OBLIGATORIA A LOS TRABAJADORES PRIVADOS
VISTO:
El Decreto Nacional de Urgencia 297/2020;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución la Municipalidad de Goya, se adhirió al decreto nacional N° 297/20, el cual establece la obligatoriedad de todos los ciudadanos a efectuar “el aislamiento provisional social preventivo y obligatorio” desde el 20 al 31 de marzo inclusive, del corriente año.
Que, en dicho Decreto establece que las personas afectadas a distintas actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio.
Que, los municipios pueden establecer en el marco de sus competencias, normas complementarias para su correcta aplicación.
Que, en este sentido se debe identificar a las personas que quedaron exceptuados, del aislamiento a fin de no caer en errores y puedan ser detenidos por las distintas fuerzas públicas,
Que por ello debe exigirse a los empleadores que entreguen una constancia laboral a sus trabajadores a fin de justificar su presencia o circulación en la vía pública y confeccionar un listado de su personal autorizado, para presentarlo las autoridades locales, dando transparencia a esas constancias.
Que, dada la emergencia, debe facilitarse la comunicación a la autoridad local, por lo cual la Municipalidad habilitara un medio electrónico para que esa información se remita via e-mail. Esta información debe ponerse a disposición de las fuerzas policiales.
Por ello
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL A CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE
ARTICULO 1°: ESTABLECER, que las personas exceptuadas al aislamiento preventivo y obligatorio, ordenada por el DNU N°297/2020 en la ciudad de Goya, deberán acreditar con constancia laboral emitida por sus empleadores.
ARTICULO 2°: ORDENAR, que la constancia laboral deberá contener, como mínimo, Nombre de la empresa, CUIT y domicilio del establecimiento, y Nombre apellido DNI y domicilio de los trabajadores.
ARTICULO 3°: ORDENAR a los empleadores que entreguen constancia laboral y remitir un listado de los mismos a la Comisaría más cercana a su domicilio. Para confeccionar la base de datos que se pondrá a disposición de las fuerzas de seguridad, para acreditar su excepción aislamiento social, preventivo y obligatorio.
ARTICULO 4°: ORDENAR a los Profesionales, monotributista, responsable de comercio minorista o cualquier actividad individual que a fin de acreditar su excepción al Decreto N° 297/2020 de aislamiento social, preventivo y obligatorio y que este dentro de las excepciones del mismo, deberán solicitar una constancia de circulación en la Comisaría más cercana a su domicilio, para confeccionar la base de datos que se pondrá a disposición de las fuerzas de seguridad.
ARTICULO 5°: COMUNIQUESE, publíquese, dese el RM, sáquese copia para quien corresponda y ARCHIVESE.
DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI
Secretario de Gobierno
CP DANIEL JACINTO AVALOS
Viceintendente Municipal
A cargo Comuna
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RESOLUCIÓN N° 603
MODIFICANDO RESOLUCIÓN 602/2020
Visto los términos de la resolución 602/20
Y CONSIDERANDO:
Que por la mencionada Resolución se otorgó licencia obligatoria con goce de haberes a empleados municipales mayores de 65 años y licencia especial a los empleados municipales con hijos en edad escolar, mayores a 60 años, embarazada, y todos aquellos que presenten factor de riesgo.
Que con el fin de garantizar los servicios esenciales que presta la municipalidad de Goya hacia la comunidad.
Que por tal motivo el DEM considera necesario modificar dicha resolución.
Por ello. El viceintendente municipal, a cargo de la comuna, resuelve:
ARTÍCULO N° 1 MODIFICAR la resolución número 602/2020 qué quedará de la siguiente manera:
ARTÍCULO N° 1 OTÓRGUESE licencia obligatoria con goce de haberes de 15 días corridos a empleados municipales mayores 65 años.
ARTÍCULO N° 2 OTORGAR sale 15 días corridos a los empleados municipales con hijos en edad escolar, mayores a 60 años, embarazadas y todo aquello que presenten factor de riesgo.
ARTÍCULO N° 3: CADA jefe de área organizará el uso de licencias, de manera tal que no se resienta los servicios de atención al público, bajo su responsabilidad, siempre que las condiciones lo permitan.
ARTÍCULO N° 4: LAS licencias otorgadas en los ARTÍCULOS 1 Y 2 deberán ser autorizadas por cada jefe de área y acreditadas en la dirección de Recursos Humanos RRHH.
ARTICULO N° 5: DE FORMA
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Resolución No 611
LA MUNICIPALIDAD DISPONE FERIA EXCEPCIONAL POR EL ALERTA DE PROPAGACIÓN DE CORONAVIRUS Y DENGUE
Con la firma del Vice Intendente Municipal a cargo de la Comuna, Contador Daniel Ávalos y el Secretario de Gobierno, Dr. Marcelo Frattini, se dictó la Resolución 611 a través de la cual se dispone la feria excepcional al personal municipal, prórroga en el pago de las tasas municipales, entre otras medidas.
La normativa establece.
VISTO:
Que las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional y Provincial, con sustento en las recomendaciones de las autoridades sanitarias y organismos competentes que intervienen en la materia, vinculadas con la pandemia del coronavirus COVID-19 y el Dengue, situación que este Municipio viene siguiendo atentamente, como así también, dictando las medidas acordes con el comportamiento epidemiológico, Y….
CONSIDERANDO:
Que en los últimos días se ha constatado la propagación de nuevos casos, por lo que resulta fundamental el refuerzo de medidas preventivas tendientes a restringir las posibilidades de circulación del virus.
Que, esta decisión de carácter excepcional y por razones de salud pública, teniendo en cuenta la situación epidemiológica a nivel país y regional, y en la continuidad con las medidas preventivas adoptadas días atrás, resulta necesario disponer el cierre de actividades y durante ese periodo garantizar una prestación mínima del servicio municipal.
Que la medida tiene la finalidad de resguardar la salud de los Empleados, Funcionarios, Concejales como también a los contribuyentes en general que diariamente concurren a las distintas dependencias municipales.
Que, ante la emergencia declarada deben dejarse sin actividad a algunos servicios, afectando lo menos posibles a la población.
Que existen obligaciones de pago de impuestos, tasas, multas, etc. por parte de la población y que tienen fecha de vencimiento durante el plazo que dure la feria excepcional, por lo que deben ser prorrogados.
Que los vecinos deben permanecer aislados en sus casas debiendo solo salir de ellas para aprovisionamiento de mercaderías y compra de remedios, por lo que se librará del pago de estacionamiento.
Por ello:
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: DISPONER Feria Excepcional por el Alerta de Propagación de Coronavirus a partir del día de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2020.
ARTÍCULO 2º: DISPONER suspensión de los plazos de vencimiento de impuestos y tasas municipales hasta el día 06 de abril del corriente.
ARTÍCULO 3º: DISPONER la suspensión sanciones tribunal de faltas.
ARTÍCULO 4º: DISPONER la suspensión del cobro de estacionamiento, garantizando a las tarjeteras que no perderán su beneficio.
ARTÍCULO 5º: CONVOCAR a Empleados Municipales que tengan la voluntad de colaborar en la prevención y control para la lucha contra el Coronavirus y el Dengue, debiendo registrarse en la lista habilitada a tal efecto en la Dirección de Recursos Humanos.
ARTÍCULO 6º: SE EXCEPTÚA de la presente Resolución al personal de la Secretaría de Desarrollo Humano, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Tránsito, Inspección General, Dirección de Recursos Humanos, Frigorífico Goya, que quedará afectado a la lucha y prevención contra el Dengue y Coronavirus. Independientemente de que cualquier área, de ser necesario, pueda ser convocada de urgencia.
ARTÍCULO 7º: DISPONER el cierre de edificios anexos.
ARTÍCULO 8º: DE FORMA.
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RESOLUCION N° 582
DECLARANDO LA EMERGENCIA SANITARIA
VISTO
El Decreto N° 507/20 del Gobierno de la Provincia de Corrientes, donde declara la emergencia para la lucha contra el Dengue y el Coronavirus en el territorio del Departamento Capital, y localidades de alrededores;;;;;;;;;
CONSIDERANDO:
Que, el informe producido por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Corrientes, respecto a la presencia del Mosquito (AEDES AEGYPTIS), transmisor de los virus causales de las enfermedades DENGUE, donde aumento considerablemente el número de infectados por este Virus.
Que el trabajo que viene desarrollando el DEM, a través de la Secretaria de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Goya, consistentes en tareas de descacharrizados y desinfección, además de brindar charlas , y difusión masiva de cómo prevenirlo, a fin de evitar la propagación del dengue en la ciudad.
Que siendo medidas fructíferas hasta el momento, pero sin embargo, estamos ante un riesgo inminente de la propagación de la enfermedad dada la cercanía que tenemos con las ciudades afectadas, y que en nuestra ciudad según información del Ministerio de Salud de la Provincia, existe un caso importado con serología positiva.
Que se considera necesario reforzar las medidas adoptadas, con el fin de preservar la Salud pública en este sentido, debiendo en muchos casos a tomar medidas rápidas, como bloqueos de zonas, o disposiciones urgentes de, cortes de pastos o limpiezas en terrenos o zonas de particulares.
Que, por otro lado, con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo COVID-19 (coronavirus) como una pandemia, y animó a todos los países a tomar las medidas apropiadas para prepararse a ello.
Que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos del nuevo coronavirus en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país por lo que resulta fundamental el refuerzo de medidas preventivas tendientes a restringir las posibilidades de circulación del virus.
Que, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 260/2020 declaro la emergencia en el país por un año, instando a todos a adoptar las medidas tendientes a que no se propague el Virus.
Que, en la situación actual, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en evidencia científica, que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación epidemiológica, a fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario.
Que esta emergencia, además debe obligar a todos los ciudadanos adoptar medidas, y/o cumplimientos a fin de evitar la propagación de la enfermedad, conforme al reglamento anexo y que es parte integrativa de la presente resolución.
Que, en virtud de lo explicado, se considera necesario dictar la emergencia Sanitaria en el ámbito del municipio, a fin de establecer una serie de compromisos y obligaciones a cumplir, tanto por parte del Estado municipal, como por los centros de salud y toda la ciudadanía; derivados también de la declaración de la Organización Mundial de la Salud, Estado Nacional y provincial, a fin de detener de los avances de la enfermedad del DENGUE Y CORONAVIRUS
Por ello
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE:
ARTICULO 1°: DECLARESE la EMERGENCIA SANITARIA en todo el Departamento de Goya por el termino de 1 (un) año, a fin de evitar la propagación del DENGUE Y CORONAVIRUS.
ARTICULO 2°: REMITASE al HCD Proyecto de Ordenanza Declarando la Emergencia en la lucha contra el Dengue y Coronavirus en todo el territorio del departamento de Goya
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE, publíquese sáquese copia para quien corresponda y archívese
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EL DEM MEDIANTE RESOLUCIÓN Nº 624 Y MODIFICATORIA Nº 630 ESTABLECE LA RESTRICCIÓN TEMPORAL EN EL INGRESO DE PERSONAS A LA CIUDAD.
La Municipalidad consolida medidas con el objetivo de evitar la circulación viral, el municipio insiste en redoblar las acciones preventivas, reducir al mínimo la circulación de la ciudadanía en las calles y extremar los controles en los accesos a la ciudad, como también mantener al máximo la alerta.
En el marco de las medidas adoptadas por la Municipalidad, en concordancia con el Gobierno de Corrientes, ante la situación de Coronavirus, con las firmas del Viceintendente Daniel Avalos a cargo del Ejecutivo y el Secretario de Gobierno Marcelo Frattini, se dispuso a partir del día de la fecha y hasta el 31 de marzo la restricción en el ingreso de personas a la ciudad.
La presente Resolución con el objetivo de evitar el ingreso a Goya de turistas, iguales medidas se determinaron en otras ciudades del país, como así también se analiza a nivel nacional, para evitar la circulación de personas y que el virus “Coronavirus (COVID-19)” se propague.
El Articulo 1º RESUELVE, “CERRAR TEMPORALMENTE, hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive”, EL INGRESO DE PERSONAS A LA CIUDAD DE GOYA, “POR CUALQUIERA DE SUS VIAS DE ACCESO (TERRESTRES, FLUVIALES O POR AIRE), ya sea por transporte público o privado. Los controles serán realizados por Fuerzas de seguridad Nacional y Provincial.
Esta medida excluye a todas las personas que residan en nuestras, o trabajen. Además se exceptúa de la mencionada medida, ambulancias, emergencias, transporte de cargas, de insumos de mercadería indispensable para el abastecimiento, estos vehículos tendrán un ingreso restringido y deberán permanecer el menor tiempo posible en la ciudad.
GOYA, 18 de marzo de 2020
RESOLUCION N° 624
CERRANDO TEMPORALMENTE” EL INGRESO A LA CIUDAD DE GOYA “POR CUALQUIERA DE SUS VÍAS DE ACCESO (TERRESTRES, FLUVIALES O POR AIRE)
VISTO
La creciente amenaza de casos por coronavirus (Covid-19) y lo establecido en el Artículo 29° Y 49° de la carta Orgánica Municipal
CONSIDERANDO:
Que, ante el rápido avance viene teniendo el coronavirus en más de 140 países, estando en estos momentos en el país.
Que, por recomendación de Salud Pública del Hospital Zonal de reforzar las medidas adoptadas anteriormente.
Que, se debe restringir la circulación de personas que ingresan a la ciudad, con el fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario
Que otras provincias y ciudades ya están tomando medidas similares.
Que el DEM considera hacer lugar a las recomendaciones de salud pública, en consecuencia, extremar las medidas implementadas, limitando y/o cerrando el acceso de personas a la ciudad, en forma temporaria, con el objeto de evitar la transmisión del coronavirus, y resguardar a los ciudadanos, en especial a las personas mayores de edad, que forman parte de los grupos de riesgos.
Por ello
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE:
ARTICULO 1°: CERRANDO TEMPORALMENTE” EL INGRESO A LA CIUDAD DE GOYA “POR CUALQUIERA DE SUS VÍAS DE ACCESO (TERRESTRES, FLUVIALES O POR AIRE ya sea por transporte público o privados, los mismos serán realizado por las Fuerza de Seguridad Nacional y Provincial.
ARTICULO 2º: QUEDAN excluidas las personas que residan en la ciudad de Goya, o trabajen en la ciudad, ambulancias, emergencias, transporte de cargas, de insumos de mercadería indispensable para la población, quienes tendrán un ingreso restringido y unas salidas inmediatas.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE, publíquese, dese el RM, sáquese copia para quien corresponda y ARCHIVESE.
Resolución Nro 624 con las firmas de DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI Secretario de Gobierno, y CP DANIEL JACINTO AVALOS Viceintendente Municipal, A cargo del DEM.
RESOLUCIÓN Nª 630 RECTIFICANDO ARTICULO 1º
GOYA, 19 de marzo de 2020
RESOLUCION Nº 630
RECTIFICANDO ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 624/2020
VISTO
El artículo 1° de la resolución 624/2020, y;;;;;;;;;;;;;;;
CONSIDERANDO:
Que, por la mencionada resolución se dispuso cerrar temporalmente” el ingreso a la ciudad de goya “por cualquiera de sus vías de acceso (terrestres, fluviales o por aire.
Que, en dicha resolución no se menciona el plazo del cierre temporal el ingreso a la ciudad.
Que, por tal motivo es necesario aclarar que el cierre temporalmente a la ciudad es hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive,
Que por tal motivo, corresponde rectificar el artículo 1° de la Resolución mencionada.
Por ello:
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: RECTIFICAR artículo 1° de la Resolución N° 624/2020, la que quedara redactada de la siguiente manera: “CERRAR TEMPORALMENTE” hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive EL INGRESO DE PERSONAS A LA CIUDAD DE GOYA “POR CUALQUIERA DE SUS VÍAS DE ACCESO (TERRESTRES, FLUVIALES O POR AIRE) ya sea por transporte público o privados, los controles serán realizados por las Fuerza de Seguridad Nacional y Provincial.
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para contaduría, Asesoría Letrada, Secretaría de Hacienda y Economía, Personal y oportunamente ARCHIVESE.
La presente Resolución con las firmas de C.P. DANIEL JACINTO AVALOS Viceintendente Municipal cargo del Ejecutivo, DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI Secretario de Gobierno
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GOYA, 20 de marzo de 2020
RESOLUCION Nº 641
SUSPENDIENDO SERVICIO BARRIDO EN LA CIUDAD DE GOYA
VISTO
El Decreto Nacional 297/20, la emergencia sanitaria con respecto al coronavirus, y,
CONSIDERANDO:
Que la municipalidad de Goya se adhirió al Decreto Nacional.
Que, siguiendo la evolución de esta pandemia, el municipio debe seguir tomada nuevas medidas a fin de garantizar la salud de la comunidad, por ello resulta necesario suspender el servicio de barrido y limpieza, hasta el 31 de marzo de 2020, pero que el personal podrá ser convocado, en caso alguna urgencia.
Por ello
EL VICEINTENDENTE MUNICIPALA CARGO DE LA COMUNA
RESUELVE:
ARTICULO 1º: SUSPENDER EL SERVICIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA EN LA CIUDAD DE GOYA, hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, haciendo saber al personal que podrá ser convocado en caso de urgencia, a través de un comunicado de prensa de la Municipalidad de Goya.
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE, publíquese, saquese copia para quien corresponda y ARCHIVESE.
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GOYA, 19 de marzo de 2020
RESOLUCION Nº 642
RECTIFICANDO ARTICULO 1° y 2° DE LA RESOLUCION 624/2020
VISTO
El artículo 1° de la resolución 624/2020, y;;;;;;;;;;;;;;;
CONSIDERANDO:
Que, por la mencionada resolución se dispuso cerrar temporalmente” el ingreso a la ciudad de Goya “por cualquiera de sus vías de acceso (terrestres, fluviales o por aire.)
Que, se detectó un caso de coronavirus en la Provincia de Corrientes, por tal motivo el DEM considera necesario y urgente bloquear el ingreso a la ciudad de personas hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive.
Que por tal motivo, corresponde rectificar el artículo 1° y 2° de la Resolución mencionada.
Por ello:
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: MODIFICAR artículo 1° de la Resolución N° 624/2020, la que quedara redactada de la siguiente manera: “BLOQUEAR TOTALMENTE” hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive el INGRESO DE PERSONAS A LA CIUDAD DE GOYA “POR CUALQUIERA DE SUS VÍAS DE ACCESO (TERRESTRES, FLUVIALES O POR AIRE) ya sea por transporte público o privados, los controles será realizado por la Policía de la Provincia, solicitando a las demás fuerzas nacionales colabore con la medidas, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nacional N° 297/2020.
ARTICULO 2º: MODIFICAR el artículo 2° de la resolución N° 624/20 la que quedara redactada de la siguiente manera: “QUEDAN excluida las personas que residan en la ciudad de Goya, o trabajen en la ciudad, ambulancias, emergencias, transporte de cargas, de insumos de mercaderías indispensable para la población, quienes tendrán un ingreso restringido, cuyo único acceso será por Avenida Tomas Mazzantti.”
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para contaduría, Asesoría Letrada, Secretaría de Hacienda y Economía, Personal y oportunamente ARCHIVESE.
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GOYA, 19 de marzo de 2020
RESOLUCION Nº 642
RECTIFICANDO ARTICULO 1° y 2° DE LA RESOLUCION 624/2020
VISTO
El artículo 1° de la resolución 624/2020, y;;;;;;;;;;;;;;;
CONSIDERANDO:
Que, por la mencionada resolución se dispuso cerrar temporalmente” el ingreso a la ciudad de Goya “por cualquiera de sus vías de acceso (terrestres, fluviales o por aire.)
Que, se detectó un caso de coronavirus en la Provincia de Corrientes, por tal motivo el DEM considera necesario y urgente bloquear el ingreso a la ciudad de personas hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive.
Que por tal motivo, corresponde rectificar el artículo 1° y 2° de la Resolución mencionada.
Por ello:
EL VICEINTENDENTE MUNICIPAL
A CARGO DE LA COMUNA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: MODIFICAR artículo 1° de la Resolución N° 624/2020, la que quedara redactada de la siguiente manera: “BLOQUEAR TOTALMENTE” hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive el INGRESO DE PERSONAS A LA CIUDAD DE GOYA “POR CUALQUIERA DE SUS VÍAS DE ACCESO (TERRESTRES, FLUVIALES O POR AIRE) ya sea por transporte público o privados, los controles será realizado por la Policía de la Provincia, solicitando a las demás fuerzas nacionales colabore con la medidas, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nacional N° 297/2020.
ARTICULO 2º: MODIFICAR el artículo 2° de la resolución N° 624/20 la que quedara redactada de la siguiente manera: “QUEDAN excluida las personas que residan en la ciudad de Goya, o trabajen en la ciudad, ambulancias, emergencias, transporte de cargas, de insumos de mercaderías indispensable para la población, quienes tendrán un ingreso restringido, cuyo único acceso será por Avenida Tomas Mazzantti.”
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al R.M., sáquese copia para contaduría, Asesoría Letrada, Secretaría de Hacienda y Economía, Personal y oportunamente ARCHIVESE.
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Estas Resoluciones llevan las firmas del viceintendente a cargo del ejecutivo Daniel Avalos y el Secretario de Gobierno Marcelo Frattini