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Feria excepcional para el Empleado Municipal

19/05/2021

En Adhesión al Decreto del Gobierno Provincial.

Por medio de la Resolución 1058, que lleva las firmas del Intendente Municipal, Lic. Ignacio Osella y el Secretario de Gobierno, Dr. Marcelo Frattini, se establece la Feria Excepcional para el Empleado Municipal hasta el 31 de mayo.

Por la presente normativa se dispone la Feria Excepcional hasta el día 31 de mayo de 2021, para todo el Personal Municipal, salvo el barrido, recolección, PRODEGO y luminotecnia. Asimismo, los responsables de las distintas reparticiones dispondrán lo pertinente para mantener las guardias que determine el DEM para la continuidad y eficiencia del servicio a la comunidad, sin que se produzcan aglomeraciones de personas; pudiendo habilitarse trabajo remoto.

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN N° 1058

DISPONIENDO FERIA EXCEPCIONAL PARA EL EMPLEADO MUNICIPAL

VISTO:

El Decreto del Ejecutivo Provincial y la Resolución 1.057/21.

Y CONSIDERANDO:

Que, en los últimos días se ha constatado un aumento considerable de nuevos casos, por lo que resulta fundamental el refuerzo de medidas preventivas tendientes a restringir las posibilidades de circulación del virus.

Que, esta decisión de carácter excepcional, y teniendo en cuenta la situación epidemiológica del Municipio de Goya, y en continuidad con las medidas preventivas adoptadas, resulta necesario disponer el cierre de actividades y durante ese período garantizar una prestación mínima del servicio Municipal, teniendo como fin exclusivo reducir la movilidad en la ciudad.

Que la medida tiene la finalidad de resguardar la salud de los Empleados, funcionarios, concejales como también a los contribuyentes en general que diariamente concurren a las distintas dependencias municipales.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. DISPONER Feria Excepcional hasta el día 31 de mayo de 2021, para todo el Personal Municipal, salvo el barrido, recolección, PRODEGO y luminotecnia.

ARTÍCULO 2º: Los responsables de las distintas reparticiones dispondrán lo pertinente para mantener las guardias que determine el DEM, para la continuidad y eficiencia del servicio a la comunidad, sin que se produzcan aglomeraciones de personas; pudiendo habilitarse trabajo remoto.

ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese el RM, notifíquese, sáquese copia para quien corresponda y ARCHIVESE.

DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI Secretario de Gobierno

LIC. FRANCISCO IGNACIO OSELLA Intendente Municipal